2019
Renovación de la mitad de los cargos del Comité Ejecutivo de la Confederación de Escuelas
Relación defintiva de candidaturas
Conforme al calendario electoral aprobado, se hace pública la relación definitiva de candidaturas presentadas:
Macias López, Juan Francisco
EA San Telmo, Málaga
Martínez Navarro, José Francisco
EÁSDA, Alicante
Riande Torres, Santiago
EASD Mestre Mateo, Santiago de Compostela
Vega Pindado, Eugenio
CEA, Madrid
Asímismo se publica la papeleta oficial de votación que se utilizará tanto en la modalidad de voto presencial como en la de voto por correo.

Campaña electural
En los siguientes enlaces pueden verse los escritos que los candidatos a los representantes de los centros:

Macias López, Juan Francisco
EA San Telmo, Málaga

Martínez Navarro, José Francisco
EÁSDA, Alicante

Riande Torres, Santiago
EASD Mestre Mateo, Santiago de Compostela

Vega Pindado, Eugenio
CEA, Madrid
Proceso electoral
De acuerdo con lo recogido en los Estatutos de la Confederación de Escuelas de Artes Plásticas y Diseño, cada dos años corresponde la renovación mediante elección el 50% de los miembros del Comité Ejecutivo.
Los miembros salientes del Comité son los siguientes:
Irene Mestre i Massot, vocal
Santiago Riande Torres, vocal
Eugenio Vega Pindado, presidente
El Comité Ejecutivo, por delegación de la Asamblea General asume la dirección de la Confederación y estará integrado por los siguientes miembros:
a. Un Presidente.
b. Un Secretario General.
c. Un Tesorero Contador.
d. Tres Vocales.
Elegidos por la Asamblea General, los miembros del Comité Ejecutivo, por cooptación, designarán los cargos que se indican en a), b) y c) del párrafo anterior.
El periodo de mandato será de cuatro años, renovándose por mitades los cargos cada dos años, afectando sucesivamente las distintas renovaciones a los siguientes miembros: La primera mitad, al Presidente y dos vocales y la segunda mitad al resto de los cargos.
En el supuesto de baja o cese de algún miembro del Comité Ejecutivo en su cargo, la vacante será cubierta por el candidato con mayor número de votos del proceso electoral anterior, para la renovación de los miembros del Comité Ejecutivo y que no forme parte del mismo. El periodo de permanencia en el Comité de este nuevo miembro, será el que le restara a la persona sustituida
Desarrollo del proceso de selección
El Comité Ejecutivo o la Comisión Provisional, convocará el proceso electoral mediante comunicación por escrito a todas las Escuelas asociadas, en el que se hará constar el calendario y el número de vacantes a cubrir, teniendo en cuenta las siguientes estipulaciones:
El plazo de presentación de candidaturas será, al menos de 15 días, éstas se dirigirán al Presidente de la CEA y se enviarán a la Secretaría General por fax y por correo certificado según modelo del Anexo II.

Trascurrido el plazo indicado en el apartado 3.2.1, el Comité Ejecutivo dispondrá de 4 días para estudiar si las candidaturas presentadas reúnen las condiciones indicadas en los estatutos.
En la página web de la Confederación se publicará la “relación provisional” de candidatos/as admitidos/as y excluidos/as. (Haciendo constar en todos los casos el motivo de la exclusión).
A partir de la fecha de publicación de la “relación provisional” de candidatos/as, las Escuelas asociadas dispondrán de 4 días para la presentación de alegaciones. Dichas alegaciones se enviarán por fax y por correo certificado a la Secretaría General. (Como es obvio, los Centros que presenten alegaciones deberán cumplir con las obligaciones indicadas en el Art. 8º y 10º de los Estatutos)
Trascurrido el plazo de presentación de alegaciones, el Comité Ejecutivo dispondrá de 4 días para la resolución de las alegaciones presentadas, poniendo fin a vía de reclamación. Procederá a la publicación en la página web de la “relación definitiva” de candidatos/as, así como la papeleta oficial para emitir el voto.
En el calendario que regule el proceso electoral se fijará el periodo de tiempo, del que dispondrán los candidatos/as para el desarrollo de la campaña electoral.
Desarrollo del acto de votación
El acto de votación se llevará a cabo en el transcurso de una Asamblea General Ordinaria. El voto será directo, secreto y no delegable, cada elector podrá indicar en su papeleta, como máximo, tantos nombres como puestos a cubrir.
Si en la primera votación se produjera empate entre candidatos para ser elegidos vocales, se procederá a realizar en el mismo acto una segunda votación sólo entre los candidatos/as empatados.
Con el fin de conseguir la mayor participación posible, las Escuelas asociadas que por cualquier motivo no puedan asistir a la Asamblea General, podrán participar enviando su voto por correo certificado a la Secretaría General, siendo la fecha límite de participación, al menos 5 días de antelación a la fecha de la Asamblea General en la que se efectúe el acto de votación.
Con el fin de garantizar el secreto del voto, la identidad del votante y la ausencia de duplicidades, los Centros que utilicen ésta modalidad deberán hacerlo de la siguiente forma:
Se introducirá la papeleta oficial, con indicación del nombre/s a los que se le/s otorga el voto, en un sobre blanco cerrado (Sin membrete para no poder identificar al Centro que emite el voto).
El sobre cerrado que contiene la papeleta junto con un escrito en el que se haga constar la identidad de la Escuela que emite su voto, se introducirán en otro sobre, el cual se enviará a la Secretaría General de la CEA (Por correo certificado), o lo entregará en mano el representante oficial de la Escuela en quien haya delegado el voto.
La Secretaría General será la encargada de custodiar los votos emitidos por correo hasta el acto de la votación, donde hará entregará de los mismos al Presidente de la Mesa.
La Mesa electoral estará constituida por el Presidente de la CEA que actuará como Presidente, el Secretario General de la CEA que actuará como Secretario, y el miembro de mayor edad de entre los asistentes a la Asamblea que actuará como vocal.
Si finalizado el plazo estipulado para la presentación de candidaturas, el número de candidatos/as proclamados fuera igual a tres, no habrá lugar a la votación, siendo éstos nombrados directamente miembros del Comité Ejecutivo.
Si el número de candidatos/as proclamados fuera inferior a tres, el Presidente, en la Asamblea General correspondiente, designará a la/s persona/s que estime idóneas para ocupar los citados cargos.
Constitución del nuevo Comité Ejecutivo
Se fija un plazo máximo de 30 días a partir de la fecha de la Asamblea General, para la constitución del nuevo Comité Ejecutivo y la transmisión de documentación entre los candidatos electos y los miembros salientes del Comité.
Ainhoa Martín Emparan
Secretaria General
Sevilla, 20 de septiembre de 2019